Inexistencia de intromisión ilegítima en los derechos al honor, intimidad y propia imagen por la emisión de reportaje con cámara oculta por televisión sobre una persona que se atribuye poderes curativos y se lucra con su actividad. Prevalece la libertad de expresión e información por el interés general de las informaciones, sin que sea desproporcionado que se ofreciera su imagen ya que podían ser muchas sus víctimas futuras. STS 23/11/2017

  1. Juan Alberto Díez Ballesteros
Revista:
Revista de responsabilidad civil, circulación y seguro

ISSN: 1133-6900

Año de publicación: 2018

Número: 2

Páginas: 44-47

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista de responsabilidad civil, circulación y seguro