Reino Unido y sistemas de vigilancia: la STEDH Big Brother Watch, de 25 de mayo de 2021

  1. Mónica Arenas Ramiro 1
  1. 1 Universidad de Alcalá
    info

    Universidad de Alcalá

    Alcalá de Henares, España

    ROR https://ror.org/04pmn0e78

Revista:
La Ley privacidad

ISSN: 2659-8698

Año de publicación: 2021

Número: 9

Tipo: Artículo

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Resumen

Casi tres años después de su primer pronunciamiento condenando al Reino Unido por sus sistemas de vigilancia masiva, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) confirma ahora en Gran Sala dicha condena. El TEDH concluye nuevamente que los sistemas de vigilancia masiva en sí no contravienen el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), pero sí en el Reino Unido por las deficiencias detectadas en sus sistemas. El TEDH no se pronuncia categóricamente y, aunque se da un paso más concretando las garantías que deben cumplir estos sistemas, se sigue dejando la puerta abierta al uso de los sistemas de vigilancia masiva siempre que cumplan con las citadas garantías y se utilicen de forma proporcionada, y se abre, además, la puerta al intercambio de información entre los sistemas de inteligencia de los Estados, delegando así en el margen de apreciación nacional su utilización para prevenir, especialmente, posibles ataques terroristas en un mundo globalizado y tecnificado como el nuestro. Nada nuevo bajo el sol teniendo en cuenta la deriva que está tomando el TEDH en sus últimos pronunciamientos.