La renta mínima y el Defensor del Pueblo

  1. Guillermo Escobar Roca 1
  1. 1 Universidad de Alcalá
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    Universidad de Alcalá

    Alcalá de Henares, España

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Revista:
Lex social: revista de los derechos sociales

ISSN: 2174-6419

Año de publicación: 2020

Volumen: 10

Número: 1

Páginas: 91-139

Tipo: Artículo

DOI: 10.46661/LEXSOCIAL.4538 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

La renta mínima es un derecho subjetivo, reconocido de forma muy desigual por la normativa autonómica. El Derecho internacional la reconoce como derecho humano, pero de este reconocimiento no se han derivado consecuencias prácticas en el ordenamiento jurídico español. La renta mínima puede y debe ser un derecho fundamental, y mientras nuestros tribunales no lo reconozcan como tal, sería conveniente bien una ley básica del Estado bien una reforma constitucional, en coherencia con el Derecho internacional. La sociedad civil ha demostrado que se ha producido una vulneración estructural del derecho a la renta mínima y el Defensor del Pueblo ha recomendado recientemente pequeñas modificaciones normativas en esta materia. Sin embargo, sería conveniente una respuesta de esta institución mejor argumentada en términos de derechos humanos y fundamentales y más directamente dirigida a combatir la denunciada vulneración estructural.

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