La renta mínima y el Defensor del Pueblo

  1. Guillermo Escobar Roca 1
  1. 1 Universidad de Alcalá
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    Universidad de Alcalá

    Alcalá de Henares, España

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Journal:
Lex social: revista de los derechos sociales

ISSN: 2174-6419

Year of publication: 2020

Volume: 10

Issue: 1

Pages: 91-139

Type: Article

DOI: 10.46661/LEXSOCIAL.4538 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openOpen access editor

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Abstract

The minimum income is a subjective right, recognized very unevenly by the regional regulations. International law recognizes it as a human right, but this recognition has not resulted in practical consequences in the Spanish legal system. The minimum income can and should be a fundamental right, and as long as our courts do not recognize it as such, a basic state law or a constitutional reform would be convenient, consistent with international law. Civil society has shown that there has been a structural violation of the right to minimum income and the Ombudsman has recently recommended minor regulatory changes in this area. However, a response from this institution would be better argued in terms of human and fundamental rights and more directly aimed at combating the alleged structural violation

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