El derecho a la intimidad en internet

  1. CARDOSO PEREIRA, MARCELO
Dirigida por:
  1. María Isabel Garrido Gómez Directora

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 24 de junio de 2006

Tribunal:
  1. Manuel Núñez Encabo Presidente/a
  2. José Luis del Hierro Aguazas Secretario/a
  3. Carlos de Villamor Maquieira Vocal
  4. Francisco Eugenio Díaz Vocal
  5. Manuel Sánchez de Diego Fernández de la Riva Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 283783 DIALNET

Resumen

Desde su surgimiento, y desde la perspectiva de su evolución, el derecho a la intimidad ha pasado por varías etapas, entre las que cabe destacar su constitucionalización, internacionalización y comunitarización. Sin embargo, con la aparición de las nuevas tecnologías, y su cada vez más constante y creciente empleo, dicho derecho ha sufrido un cambio significativo. Partiendo de que pertenece a la categoría de los llamados derechos fundamentales, y habida cuenta de que éstos se transforman de forma gradual según las necesidades de la sociedad, la evolución del derecho a la intimidad ha desembocado en un derecho atinente a la protección de las personas ante el uso masivo de las nuevas tecnologías, bien de las tecnologías de la información, bien de las de la comunicación. Analizando a fondo este panorama, es indudable que el surgimiento de Internet ha sido el marco de una era donde la preocupación por la protección de la intimidad de las personas, al igual que por las dimensiones de la Red de las recles, es mundial. Así las cosas, es imprescindible conocer lo que es, cómo funciona y cuáles son los principales servicios de Internet. Por otro lado, en el ámbito de la Red existen determinados actores los cuales, en el desarrollo de sus actividades, ponen en riesgo el derecho a la intimidad de los ¡nternautas, nos referimos específicamente al Estado, a los Prestadores de Servicio de la Sociedad de la Información y a los hackers. Para que los usuarios de la Red de redes puedan defenderse de la actuación de estos actores, se pueden mencionar dos soluciones. La primera consiste en el uso de tecnologías destinadas a la salvaguarda de la intimidad de los internautas, tales como el Firewall, la navegación anónima o la criptografía, entre otras. La segunda opción se refiere al pleno ejercicio de las garantías jurídicas del derecho a la intimidad, sean éstas de ámbito nacional, comunitario o internacional. Pero, aparte de dichas opciones, es necesario que los propios internautas sean conscientes de que su derecho a la intimidad se halla, hoy por hoy, bajo amenaza.