Los directivos públicos en el escenario de la reforma-modernización administrativa

  1. MAESO SECO, LUÍS FRANCISCO
Dirigida por:
  1. Luis ignacio Ortega Álvarez Director/a
  2. Miguel Beltrán de Felipe Codirector/a

Universidad de defensa: Universidad de Castilla-La Mancha

Fecha de defensa: 17 de noviembre de 2008

Tribunal:
  1. Miguel Sánchez Morón Presidente
  2. M. Carmen Chinchilla Marín Secretaria
  3. Manuel Villoria Mendieta Vocal
  4. Rafael Jiménez Asensio Vocal
  5. Alberto Palomar Olmeda Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 173161 DIALNET

Resumen

En este trabajo el autor aborda el difícil tema del régimen jurídico de los s entre política y Administración. Un sistema de relaciones que es necesario repensar antes de emprender cualquier tentativa de cambio profundo y serio del estrato directivo en nuestras Administraciones. A continuación, directivos públicos españoles en el marco de los programas de reforma-modernización administrativa puestos en marcha en nuestro país; y, en particular, el grado de adaptación del primero a los segundos. Para ello, y tras examinar las dificultades que acompañan al objeto de estudio, el autor, en primer lugar, explica cómo el debate de fondo gira en torno al sistema de relacione y en segundo lugar, el redactor de este trabajo explica el doble vínculo (como sujeto-activo y objeto-pasivo) que une el debate directivo a estos procesos de cambio. Procesos que vienen desarrollándose en España, como una eterna cuestión pendiente- desde mediados de los años sesenta hasta la actualidad, y que han puesto de manifiesto la necesidad de que el nivel directivo público se adecúe a las nuevas necesidades de una Administración que se proclama eficaz, eficiente y de calidad. Este hecho, como es lógico, ha llevado al autor a interrogarse acerca de si el modelo directivo español y vigente se adecúa, y en qué medida, a estos procesos y a los nuevos valores de eficacia, eficiencia y calidad que aquellos pregonan. Un interrogante del que han nacido tres preguntas que le han conducido a tres conclusiones básicas. A saber: a) que el régimen jurídico de directivos español y vigente puede calificarse en nuestros días, como de spoil system cerrado o prevalentemente funcionarial; b) que este régimen no se adecúa una Administración, ni a unos procesos de cambio-modernización regidos por los valores de eficacia, eficiencia y calidad; y c) que el legislador administrativo, ante esta circunstancia ha articulado una serie de respuestas normativas entre las que destaca el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril. Un artículo que instituye al personal directivo, pero cuyo régimen jurídico aún está por establecer, lo cual no va a resultar una tarea sencillo. Cabalmente, el autor ofrece algunas pistas acerca de cómo podría articularse este "nuevo" modelo de personal directivo, explorando, asimismo, las fórmulas directivas ensayadas en otros países de nuestro entorno, como lo son: Francia, Italia, Reino Unido e, incluso, la propia Administración comunitaria. En suma, el estudio presentado constituye un análisis pormenorizado y riguroso del sistema de directivos vigente en España y puede resultar ciertamente útil, tanto a la comunidad científica, como a los ejecutivos-legisladores estatal y autonómico, llegado el momento de reflexionar o establecer, si así lo desean, el régimen jurídico de ese nuevo personal directivo nacido del EBEP en clave profesional.