Las facultades del FROB y la JUR sobre las relaciones mercantiles de la entidad objeto de resolución

  1. Camara Largo, Antonio Octavio
Zuzendaria:
  1. Emilio Díaz Ruiz Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 2020(e)ko azaroa-(a)k 30

Epaimahaia:
  1. Juan Sánchez-Calero Guilarte Presidentea
  2. Juana Pulgar Ezquerra Idazkaria
  3. Reyes Palá Laguna Kidea
  4. Santiago Hierro Anibarro Kidea
  5. José Massaguer Fuentes Kidea

Mota: Tesia

Laburpena

La presente tesis doctoral estudia el régimen de la resolución de entidades de crédito. El punto de partida del análisis es la especialidad que supone que determinados tipos de sociedad puedan verse sometidos a un régimen de insolvencia alternativo al concursal, en el que además cobran un protagonismo singular ciertos organismos administrativos como son las autoridades de resolución (FROB y JUR). Esta normativa nace como consecuencia de la crisis financiera de principios de este siglo y la insuficiencia de herramientas jurídicas para hacerle frente. La respuesta legislativa busca facilitar una actuación casi inmediata, la prevención del contagio y la minimización del impacto en recursos públicos. El elemento nuclear son los denominados instrumentos de resolución. Estos son las herramientas mediante las cuales, con carácter de acto administrativo, puede ponerse en práctica la estrategia elegida por las autoridades competentes para gestionar la inviabilidad de una entidad de conformidad con los principios antes descritos. El principal objeto de interés son las distintas formas en las que puede verse afectada una contraparte de una entidad de crédito sometida a resolución bajo esta nueva normativa. Muy en especial, se estudian aquellas que difieren del sistema concursal ordinario. La activación de instrumentos de resolución puede implicar la pérdida o menoscabo de sus derechos de crédito y propiedad, la modificación de sus relaciones contractuales, o la subrogación forzosa en ellas de nuevas entidades. De entre ellos, destaca el de recapitalización interna; en él alcanza su máxima expresión el principio de política legislativa que exige que las pérdidas sean asumidas en primer lugar por accionistas y acreedores. Sus efectos, a grandes rasgos, consisten en la amortización o conversión de instrumentos representativos de capital o deuda contra la entidad resuelta. Se tratan también con detalle los elementos conexos en la normativa de resolución que son necesarios para la correcta explicación del sistema. Pueden destacarse varios: a) Las competencias administrativas y obligaciones de las entidades en materia de preparación y prevención de una eventual resolución. b) La relación entre la normativa de resolución y la concursal ordinaria. c) La definición jurídica y práctica de los supuestos habilitantes para la apertura de un proceso de resolución. d) Las competencias administrativas y mercantiles de que disponen las autoridades de resolución, complementarias a las puramente definidas como instrumentos de resolución. e) Las salvaguardas legales que imponen límites cuantitativos y cualitativos al ejercicio de las competencias de resolución. A lo largo del estudio de las anteriores cuestiones se han ido identificando aquellas dificultades interpretativas más relevantes. Se ha tratado de buscar soluciones constructivas bien fundamentadas en Derecho para todas ellas. En la medida posible, se ha intentado acudir al objetivo económico que subyace a la norma jurídica, pues en ocasiones ofrece muy valiosas claves interpretativas. En el último capítulo se hace una recopilación y desarrollo de las más importantes conclusiones, a modo de corolario.