La reforma (piccola y pícara) de los delitos contra la propiedad intelectual
ISSN: 1989-6913
Año de publicación: 2010
Número: 7534
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Diario La Ley
Resumen
El nuevo contenido del art. 288 CP, incorporado por la LO 5/2010, provoca, como principal consecuencia, la obligatoria imposición de una multa a la persona jurídica responsable del delito contra la propiedad intelectual. Pero, en las demás sanciones, las diferencias son materialmente poco significativas respecto del sistema de consecuencias accesorias, siendo la única novedad apreciable, tras la reforma, la incorporación, al catálogo punitivo material, de la inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social, por un plazo no superior a quince años.