Impago de primas sucesivas. La suspensión de efectos del contrato no es oponible al tercero perjudicado y el consorcio lo es cuando ejercita acción de repetición en reclamación de la cantidad abonada a terceros perjudicados en cumplimiento de sus funciones como fondo de garantía, al existir controversia en cuanto a la cobertura del accidente por la póliza del seguroSentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 15 de septiembre de 2017
Zeitschrift:
Revista de responsabilidad civil, circulación y seguro
ISSN: 1133-6900
Datum der Publikation: 2018
Nummer: 5
Seiten: 60-63
Art: Artikel