La jubilación forzosa en la negociación colectiva
ISSN: 1130-8117
Año de publicación: 2004
Año: 17
Número: 178
Páginas: 116-117
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Capital humano: revista para la integración y desarrollo de los recursos humanos
Resumen
Dos sentencias del Tribunal Supremo de 9 de marzo de 2004 han declarado que, derogada en 2001 la disposición adicional décima del Estatuto de los Trabajadores, los convenios colectivos no pueden establecer una edad para la jubilación forzosa de los trabajadores.